En virtud de una maniobra poco feliz del titular de una embarcación en el dique Los Molinos el pasado fin de semana, concretamente una balsa que casi provoca una colisión con el bote en donde nuestros amigos pescadores Damian Fernandez, Pablo y Mauro Nicolini se encontraban practicando nuestra disciplina... es que nos preguntamos si todas éstas embarcaciones estan en regla y que se puede hacer al respecto.
Sabemos que hay mucha gente idónea al mando de esas embarcaciones en el dique Los molinos, por eso no queremos generalizar... muy por el contrario pedimos a todos los amigos pescadores que soliciten antes de embarcarse toda la documentación pertinente y no arriesguen su integridad física con cualquier improvisado.
Tengan en cuenta lo siguiente:
E SEGURIDAD NÁUTICA
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Córdoba, 14 de mayo de 2010
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VISTO: las Resoluciones Nros. 259/2006, 82/2007 y 546/2007.
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Y CONSIDERANDO:
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Que los citados instrumentos fueron dictados en el marco del “Programa de Regularización de
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Balsas”.
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Que con el objeto de dar por finalizado dicho programa se ha dispuesto otorgar plazo hasta el
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primer día del mes de junio del corriente año (01/06/2010) a fin que aquellos propietarios de
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embarcaciones artesanales tipo balsa que se encuentren matriculadas, presenten la documentación
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que oportunamente les fuera solicitada mediante notificación fehaciente, bajo pena de hacer efectiva
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la caducidad de la matrícula y el correspondiente retiro de la embarcación del espejo de agua
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dispuesto mediante Resolución 546/2007.
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Que los gastos que se eroguen para cumplimentar con el retiro de la embarcación en situación
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irregular estarán a cargo del propietario de la misma.
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Que ante lo expuesto, el tiempo transcurrido desde la puesta en vigencia del “Plan de Regularización
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de Balsas” y en ejercicio de las atribuciones conferidas a ésta Dirección de Jurisdicción de Seguridad
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Náutica para cumplir con nuestra tarea de resguardar la seguridad en las aguas de la Provincia,
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corresponde disponer como última fecha de regularización de la documentación de las embarcaciones
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artesanales en cuestión el día diez de mayo de dos mil diez.
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Por ello, lo dispuesto por la Ley 5040, su Decreto Reglamentario Nº 7106/86 sus concordantes y
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complementarias, y en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 397/08,
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EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE SEGURIDAD NÁUTICA
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R E S U E L V E :
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ARTÍCULO 1°.- DISPONER el primer día del mes de Junio de dos mil diez (01/06/2010) inclusive,
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como último plazo para la regularización documental de las embarcaciones artesanales tipo balsa
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que se encuentran matriculadas en la Provincia de Córdoba..
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ARTÍCULO 2°.- DISPONER la caducidad de pleno derecho de la matrícula de aquellas
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embarcaciones artesanales tipo balsa que no se encuentren regularizadas en el plazo dispuesto en
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el artículo precedente.
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ARTÍCULO 3°.- OTORGAR el plazo de sesenta días para la culminación del retiro del agua de las
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embarcaciones en cuestión cuyas matrículas caduquen en razón de lo dispuesto en el presente
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instrumento legal.
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ARTÍCULO 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
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CARLOS DANIEL SANTINI
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